En trabajos continuos los dos días libres no tienen que ser seguidos

"En trabajos continuos los dos días libres no tienen que ser seguidos" La abogada explicó sobre la reducción de la jornada

Beatriz Caripa.- elmundo.com.ve

La abogada laboral, Gaiskale Castillejo, dijo que el reglamento parcial de la ley donde se regulan aspectos de la reducción de la jornada laboral, no trajo muchas cambios y no cubrió grandes expetativas.

"En realidad yo espera mucho más", dijo la abogada durante el foro de El Mundo sobre la Ley del Trabajo..

Castillejo indicó, sin embargo, que en el reglamento hubo algunas sorpresas, como el hecho de que no se indica la obligatoriedad de los dos días libres consecutivos, en trabajos continuos.

"Se nos dijo hasta el cansancio durante un año que los días tenían que ser continuos, pero ahora vemos en el reglamento, que para actividades continuas, como una caldera o plantas que no se pueden paralizar, los dos días libres continuos no necesariamente tienen que ser continuos".

Otro aspecto, apunta la experta laboral, es que se precisó en el reglamento que cuando se trabaja por turnos, en jornadas especiales o jornada ordinaria, el domingo como dia libre si tiene que ser obligatorio.

"Las jornadas de más de cinco días deben dar los dos días libres, pero deben incluir el domingo, o bien sabado y domingo o domingo y lunes".

Otro punto novedoso es el aumento de una hora para el descanso y la alimentación, en jornadas continuas.

"Una novedad es que este tiempo se puede fraccionar en dos partes, imputables al tiempo total de jornadas continuas".

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