Trabajadores tercerizados no pueden ser despedidos

AVN - La Ley del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras (Lottt), que entró en vigencia en mayo de 2012, dio un plazo de tres años para que las empresas incorporen a los trabajadores tercerizados a sus nóminas. Entre tanto, estos empleados no pueden ser despedidos y disfrutarán de los mismos beneficios y condiciones de quienes hayan sido contratados directamente por el patrono, así lo precisa la primera disposición transitoria del instrumento legal.

El diputado del Partido Socialista Unido de Venezuela (Psuv) Oswaldo Vera, presidente de la Comisión de Desarrollo Social de la Asamblea Nacional (AN) e integrante del Consejo Superior del Trabajo, puntualizó este viernes que este lapso, del que ya quedan dos años, permite a las entidades de trabajo revisar los factores económicos y planificar la incorporación progresiva de los empleados tercerizados.

Incluso hay empresas, como la privada General Motors, que ya se adecuaron a la prohibición de la tercerización establecida en el artículo 48 de la Ley, así como la estatal Corporación Eléctrica Nacional (Corpoelec), que ha incluido ya a unos 3.200 trabajadores tercerizados.

"Vamos a garantizar que de aquí a dos años no haya ningún trabajador tercerizado", enfatizó el integrante del Consejo Superior, una instancia nacida por mandato de la ley para velar por su cumplimiento.

Aclaró, en el marco de un foro sobre la Lottt realizado en la Procuraduría General de la República, que la ley no prohíbe que una empresa subcontrate a otra para que le preste un servicio en un momento determinado, pero no puede hacerlo para el trabajo continuo, con el objetivo de evadir sus responsabilidades con los trabajadores.

La eliminación de la tercerización fue una iniciativa del comandante Hugo Chávez, quien se empeñó en acabar con esta acción que implicaba trato desigual para los trabajadores.

Guardias: Horas extras especiales

Vera también se refirió a la regulación especial que prepara el Ejecutivo para quienes desarrollan labores por "guardias" en el país, tal como informó esta semana el viceministro del Trabajo, Elio Colmenares.

El diputado, quien formó parte de la comisión presidencial redactora de la Ley, precisó que las guardias que se desarrollan en algunos trabajos de importancia están fuera de la jornada habitual de trabajo, por lo que tienen una remuneración y condiciones diferentes.

"Las guardias no están contempladas en la ley. Son horas extras con características especiales, porque no se contemplan dentro del máximo de cien horas extraordinarias al año permitidas", explicó.

Estas guardias se aplican en entidades de trabajo de vital importancia, como los centros de salud, farmacias, cuerpos de seguridad, medios de comunicación, etc.

Por ser adicionales a la jornada normal de trabajo (de cuarenta horas semanales), "tienen una remuneración diferente. La mínima tiene que ser similar a las horas extras".

La Ley establece que las horas extraordinarias deben pagarse con al menos 50 % de recargo sobre el salario convenido para la jornada ordinaria.

Además, indicó que las guardias deben cumplir ciertas regulaciones, como la periodicidad. "No puede haber guardias todos los fines de semana o todas las noches. Tienen características de eventualidad, aunque son de manera continua. Lo que se plantea es que debe haber procesos rotativos de trabajadores", añadió.

Vera resaltó, asimismo, que "todo lo relativo a la jornada laboral tiene que ser de mutuo acuerdo" entre patronos y trabajadores, de manera colectiva, "siempre y cuando no disminuyan, no desmejoren las condiciones que tenían los trabajadores antes de la Ley".

El martes 7 de mayo, tras un año de vacatio legis establecido en la Lottt, entró en vigencia la reducción de la jornada laboral, que llevó a cuarenta el máximo de horas diurnas semanales que puede trabajar un venezolano, cuando hasta ahora el límite era de 44. Del mismo modo, si la jornada es nocturna, el tope es de 35 semanales y, si es mixta, de 37 horas y media. También deberán contar con dos días libres continuos a la semana.

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